La Visa por Unidad Familiar es una visa que se le autoriza al familiar de nacional mexicano o extranjero residente temporal o permanente en México, que pretenda internarse en México en la condición de Residente Temporal, Residente Permanente (con la intención de vivir en México) o como Visitante (sin el propósito de vivir en México).
El mexicano o extranjero residente temporal o permanente en México tiene el derecho a solicitar Visa por Unidad Familiar a la persona extranjera con quien acredita vínculo y que sea: cónyuge, concubinos, padre, madre, hijos e hijastros menores de 18 años y solteros.
¿Dónde solicitar una Visa por Unidad Familiar?
La solicitud de Visa por Unidad Familiar se tramita ante el Instituto Nacional de Migración (INM) o se puede tramitar directamente en la Oficina Consular del país en que resida el familiar:
- La solicitud de Visa por Unidad Familiar en el Instituto Nacional de Migración (INM) se realiza por el promovente nacional mexicano o extranjero residente temporal o permanente en México, acudiendo a las oficinas del INM para solicitar la autorización de internación del familiar con quien acredita vínculo. Una vez que el trámite de internación con opción de Visa por Unidad Familiar, fuese aprobado en México por el Instituto Nacional de Migración (INM), el familiar que pretenda internarse en México en la condición de Residente Temporal o Residente Permanente con la intención de vivir en México, deberá presentarse para entrevista en el Consulado de México en Cuba.
- La solicitud de Visa por Unidad Familiar en una Oficina Consular se realiza, directa y exclusivamente, en caso de que el promovente nacional mexicano o el extranjero residente temporal o permanente en México se encuentre fuera del país (México) y acompañe al familiar con quien acredita vínculo a la cita en la Oficina Consular, al momento de presentarse.
Solicitud de Visa por Unidad Familiar ante el Instituto Nacional de Migración INM
El trámite de solicitud de Visa por Unidad Familiar debe iniciarse en el Instituto Nacional de Migración (INM), siempre que el promovente (nacional mexicano o residente temporal o permanente en México) que acredita el vínculo con el familiar a quien solicita el derecho a la visa, se encuentra en México.
El promovente deberá acudir a la Delegación Federal más cercana o a las Oficinas del Instituto Nacional de Migración y presentar la documentación solicitada más abajo.
Requisitos y documentos para la solicitud de Visa por Unidad Familiar en el Instituto Nacional de Migración (INM):
1. Llenar la Solicitud para la Autorización de Visas desde la página del INM: CLIC AQUÍ.
2. Presentar original y copia de la identificación oficial vigente del mexicano, o tarjeta de residencia vigente de la persona extranjera que acredita vínculo y solicita visa para su familiar o familiares.
3. Presentar copia legible del pasaporte o documento de identidad y viaje de la persona extranjera para el que se solicita visa.
4. El promovente debe acreditar vínculo familiar con la persona extranjera para el que solicita la visa, de acuerdo con lo siguiente:
a) Si se trata del padre o madre del promovente, se debe presentar acta de nacimiento del promovente, en original y copia; o
b) Si se trata de un hijo del promovente, se debe presentar acta de nacimiento de la persona extranjera para el que se solicita visa en original y copia. Lo anterior siempre y cuando la persona extranjera para el que se solicita la visa sea niña, niño o adolescente que no haya contraído matrimonio o que esté bajo su representación legal o sea mayor de edad que se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal; o
c) Si se trata del cónyuge del promovente, acta de matrimonio en original y copia. En el caso de que el promovente sea mexicano debe presentar acta de matrimonio mexicana; o
d) En caso de que el promovente haya acreditado vínculo de matrimonio con otra persona, debe presentar documento emitido por autoridad competente, en original y copia, en la que se determine la disolución o terminación del mismo; o
e) Si se trata de la concubina o concubinario del promovente, documento otorgado ante autoridad competente del país de origen o residencia de la persona extranjera para el que se solicita visa, en original y copia, que acredite que ha vivido con el promovente en común, en forma constante y permanente por un período mínimo de cinco años, o
f) Si se trata de un hijo del cónyuge; concubina, concubinario o figura equivalente del promovente, se requiere:
- Acta de nacimiento de la persona extranjera para el que se solicita la visa, en original y copia,
- Que el padre o madre de la persona extranjera para el que se solicita visa, acredite vínculo con el promovente de acuerdo a lo señalado en los incisos c. y d. de este trámite, en original y copia,
- Copia del pasaporte o documento de identidad y viaje del cónyuge; concubina, concubinario o figura equivalente del promovente, y
- Original del documento emitido por autoridad competente en el que el otro padre o madre del menor, consienta la salida de su menor hijo para residir en México.
g) Si se trata de niño, niña o adolescente, cuya tutela se encuentre a cargo del promovente, documento emitido por autoridad competente, en original y copia, o
h) Si se trata de un hermano del promovente, debe presentar acta de nacimiento del promovente y acta de nacimiento de la persona extranjera para el que se solicita visa, en original y copia. Lo anterior siempre y cuando la persona extranjera para el que se solicita la visa sea niña, niño o adolescente que no haya contraído matrimonio y que esté bajo su representación legal, o sea mayor de edad que se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal.
5. El promovente extranjero que obtuvo la residencia permanente por habérsele reconocido la condición de refugiado y que solicite la internación de su cónyuge, concubinario, concubina, hijos, parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, parientes consanguíneos del cónyuge, concubinario, concubina, hasta el segundo grado, deberá presentar original y copia del documento con el que acredite el reconocimiento por derivación de la condición de refugiado para el familiar, por parte de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados.
Entrevista en la Oficina Consular
Una vez que la Visa por Unidad Familiar, fuese autorizada en el Instituto Nacional de Migración (INM), el familiar que pretende internarse en México en la condición de Residente Temporal o Residente Permanente debe presentarse para entrevista en el Consulado de México en Cuba con los siguientes documentos (en orden):
- Impresión del comprobante de la cita agendada previamente, de manera gratuita y exclusivamente en MEXITEL.
- La PLANILLA de solicitud de visa debidamente llena por ambos lados, a mano y con bolígrafo azul o negro. CLICK AQUI PARA DESCARGAR LA PLANILLA.
- Una fotografía reciente (con menos de 2 meses de antigüedad) a color, tamaño visa, sin espejuelos y ni sombrero.
- Pasaporte vigente y copia de la página principal del pasaporte (que contiene foto y datos personales) y de las páginas con visas o cuños.
- Copia del oficio del Instituto Nacional de Migración con el número de permiso (número de NUT). En caso de no contar con este documento, debe al menos presentar el número de NUT. Si no cuenta con esta información, por favor solicítela al promovente en México (la persona o entidad que solicitó el permiso desde México).
- Originales y copia de cualquier documento que sirva de apoyo a su solicitud de visa durante la entrevista consular. Ejemplo:
a. Certificados del Registro Civil (matrimonio, nacimiento, etc.), para comprobar vínculo o parentesco con el o la promovente en México. En los casos en los que se haya recurrido a la legalización de documentos, se solicita la presentación de copia de la legalización y/o el número de legalización expedida por la Sección Consular. Asimismo, se solicita presentar copia de la tarjeta de residente temporal o permanente del promovente extranjero o del ciudadano mexicano, según sea el caso.
Dependiendo de cada caso, el Cónsul podrá solicitar información adicional a la aquí señalada.
Solicitud de Visa de Residente o de Visitante por Unidad Familiar en el Consulado de México en Cuba
La Visa por Unidad Familiar solicitada ante una Oficina Consular puede ser gestionada para Residir Temporal o Permanentemente en México; o como Visitante, sin el propósito de vivir en México.
En las Oficinas Consulares NO se reciben solicitudes SIN CITA Y SIN LOS REQUISITOS.
Requisitos y documentos para la solicitud de Visa por Unidad Familiar en la Oficina Consular de La Habana, Cuba:
1. Impresión del comprobante de la Cita. Debe obtener cita, exclusivamente, desde la siguiente página web, CLICK AQUI. La obtención de la cita ES GRATIS.
2. Presentar planilla de solicitud de visa debidamente llena por ambos lados, a mano y con bolígrafo azul o negro. CLICK AQUÍ PARA DESCARGARLA o desde AQUÍ.
3. Presentar pasaporte vigente y copia de la página principal del pasaporte (con la foto y datos personales) y de las páginas con visas o cuños.
4. Presentar una fotografía reciente (menos de dos meses de antigüedad) con el rostro visible y sin espejuelos, a color, tamaño visa, con fondo blanco y de frente, pegada a la planilla.
5. Acreditación del vínculo familiar. (Existen dos posibilidades):
a) Vínculo con nacional mexicano. Presentar:
- Pasaporte mexicano, en original y copia,
- Cuando el solicitante es Cónyuge: Original de acta de matrimonio, legalizada por MINREX,
- Cuando el solicitante es Hijo: Original de acta de nacimiento, legalizada por MINREX,
- Cuando el solicitante es Padre/madre: Original de acta de nacimiento del nacional mexicano. En casos de ser mexicano por naturalización, presentar el acta de nacimiento cubana, legalizada por MINREX,
b) Vínculo con extranjero que cuente con Tarjeta de Residente (en México)
- Tarjeta de residente vigente en original y copia,
- Cuando el solicitante es Cónyuge: Original de acta de matrimonio, legalizada por MINREX,
- Cuando el solicitante es Hijo: Original de acta de nacimiento, legalizada por MINREX,
- Cuando el solicitante es Padre/Madre: Original de acta de nacimiento de la persona que cuenta con la Tarjeta de residente temporal en México, legalizada por MINREX
6. Acreditar Solvencia Económica para la manutención del familiar en México, mediante:
- Original y copia de cuentas bancarias con saldo mínimo mensual de 300 días de salario mínimo del Distrito Federal, durante los últimos 6 meses.
- Original y copia de documentos que muestran que cuenta con empleo, pensión, o ingresos mínimos de 100 días de salario mínimo del Distrito Federal (libres de impuestos), durante los últimos 6 meses.
- Original y copia de comprobante de inversiones a plazo fijo (en caso de contar con éstas).
El extranjero es responsable de conocer el tipo de visa que solicita y presentar todos los requisitos. El día de la cita deberá presentarse en la fecha y hora señalada.
De contar con una entrevista aprobatoria, y salvo causas de fuerza mayor, la visa se le entregará el día hábil siguiente.
Vigencia de la Visa por Unidad Familiar que se expide en la Oficina Consular
La visa que se expide en la Oficina Consular tiene una vigencia máxima de 180 días para una sola entrada.
Una vez en México, el titular de la visa en condición de Residente debe tramitar ante el Instituto Nacional de Migración dentro de los 30 días a su entrada al territorio la tarjeta de Residente Temporal o Permanente que acreditará su legal estancia y le permitirá permanecer en territorio nacional.
Si su visa es de Visitante NO se requiere hacer el trámite de residencia ante el ante el Instituto Nacional de Migración, y una vez que se cumpla la temporalidad de vigencia de su visa el extranjero deberá salir del territorio nacional.
Vigencia de los documentos migratorios expedidos en México
- En condición de Residente Temporal: la indicada en el documento, que puede ser de 1, 2, 3 o de 4 años.
- En condición de Residente Permanente: la temporalidad es indefinida para personas que tengan 18 años o más.
- En condición de Residentes Temporales y Permanentes (menores de 3 años de edad): la vigencia es de 1 año.
- En condición de Residentes Permanentes (más de 3 años y menores de 18 años): tendrá una vigencia de 4 años.
Menores de edad
Los menores de edad para viajar, deben contar con la autorización de ambos padres. La planilla con la solicitud de visa deberá ser firmada por ambos padres o por quien ejerza la patria potestad o tutela en presencia de funcionario consular. Ambos padres deberán también presentar original y copia de sus identificaciones oficiales vigentes.
En caso de presentar un poder o autorización notarial del padre o madre ausente, cerciórese de que en este:
a) Se compruebe la identidad de la persona que autoriza.
b) Que autorice (textualmente) a “tramitar la visa ante la Embajada de México” y a especificar en compañía de quién se presentará el menor al trámite y con quién viajará a México.
c) Incluir copia simple de la identificación oficial vigente del progenitor que otorga la autorización.
El poder o autorización notarial puede ser expedido por:
a) Notario Público Cubano, o Embajada o Consulado de Cuba en el Extranjero, legalizado por el MINREX
b) Notario Público Mexicano, o Embajada o Consulado de México en el Extranjero.
c) Notario Público de país extranjero, siempre y cuando esté apostillado o legalizado, según corresponda.
Recuerde, una autorización general de viaje NO es suficiente, debe estar expresamente señalado que autoriza el trámite para la visa en nombre del menor.
En todos los caso es necesario presentar original y copia legalizada por el MINREX del Acta de Nacimiento del menor.
ZONA DE DESCARGA:
Para descargar los requisitos para la solicitud de Visa por Unidad Familiar en el Instituto Nacional de Migración (archivo en pdf): CLIC AQUÍ o desde AQUÍ.
Planilla de solicitud de Visa en el Consulado de México en Cuba: CLICK AQUÍ PARA DESCARGARLA
Fuente: Consulado de México en Cuba / INM